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Guía para la interpretación

DE LA norma 51.3 de La Carta Olímpica

 

Comunicado de prensa del 8 de mayo de TheColorOrange sobre las restricciones del COI

Restricciones del COI (5 de mayo de 2008) sobre modos de expresión

Artículo informativo del Wall Street Journal y de la Associated Press

GUÍA PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NORMA 51.3 DE LA CARTA OLÍMPICA

 

En relación con las numerosas y recientes discusiones, en particular las mantenidas durante las reuniones de la Asociación de Comités Olímpicos Nacionales (ANOC en inglés) en Pekín, así te comentamos que el COI ha recibido muchas consultas de los distintos Comités Olímpicos Nacionales (NOCs en inglés) sobre la conducta de los participantes en los Juegos Olímpicos, en particular de los atletas. Es apropiado por parte del COI el asesorar a los NOCs – y los miembros de sus delegaciones, incluidos los atletas – con los siguientes consejos:

 

1.      Los participantes de los Juegos Olímpicos podrán, por supuesto, expresar su opinión. Estos comentarios y conducta deberán contemplar plenamente lo expuesto en el Carta Olímpica.

 

2.      De acuerdo con Carta Olímpica, el fin del Movimiento Olímpico es “juntar a los atletas de todo el mundo en una gran fiesta deportiva, los Juegos Olímpicos”. Los Juegos tratan de deporte. No son un escenario para comentarios de carácter político sobre conflictos armados, diferencias regionales, disputas religiosas, etc. Todos los atletas saben esto bien ya que no sólo se aplica a los Juegos Olímpicos, si no que se esta norma se da para todos los eventos deportivos del mundo.

 

3.      La norma 51.3 del Capítulo Olímpico nos dice “no se permitirá ningún tipo de propaganda política, religiosa o racial en ninguno de los locales, áreas o eventos Olímpicos”. Para un mejor entendimiento de esta guía, estas áreas se definen como todas las áreas en las que se requiera una acreditación. El cumplimiento de esta norma implica evitar mostrar cualquier signo, pancarta, póster, equipamiento o ropa que pueda ser percibido como algún tipo de manifestación o propaganda.

 

4.      La conducta de los participantes en todo lugar, área o evento incluye a todas las acciones, reacciones, actitudes y manifestaciones de cualquier tipo llevadas a cabo por una persona o un grupo de personas. Incluyendo pero no limitándose a su aspecto, apariencia externa, ropas, gestos, y comentarios escritos y orales. Como en todos los Juegos Olímpicos, esta conducta además deberá, por supuesto, respetar la legislación del país anfitrión.

 

5.      Los participantes de los Juegos Olímpicos tendrán muchas oportunidades de expresarse libremente en relación a los Juegos, siempre que respeten el Carta Olímpica, por ejemplo durante entrevistas realizadas en Los Centros Olímpicos para Entrevistas, Retrasmisión y zonas mixtas, comentando y argumentando con sus colegas atletas, oficiales y otros – por nombrar sólo algunos. El COI confía en el sentido común de todos los atletas y demás participantes a la hora de mostrar respeto sobre la dignidad de sus colegas atletas, incluidos los del país anfitrión, y todos los demás espectadores y asistentes.

6.      El COI exige a los NOCs a que se pongan en contacto con sus atletas con la intención de explicarles las normas anteriores y que respondan a sus consultas. Todos los interesados, incluidos NOCs, ONGs y los medios, deben también respetar los derechos de cada atleta individual, incluyendo el derecho a la libre expresión y el derecho de no hacer comentarios políticos.

 


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